sábado, 29 de septiembre de 2012

CONCEJO EDILICIO DE SAN CRISTOBAL VIOLA DECRETO 316-06 Y REGLAMENTOS BOMBEROS SAN CRISTOBAL

En sesión ordinaria del Ayuntamiento de San Cristobal, efectuada el día 26 del mes de Septiembre del anos que discurre, los senores Regidores o concejales, se prestaron una vez mas a realizar acostumbradas patrañas  esta vez en perjurio del Benemérito Cuerpo de Bomberos de San Cristobal.

Los Concejales, aprobaron con doce (12) votos y cinco (5) abstenciones la comunicación del alcalde Raul Mondesi, que solicito medalaganariamente el nombramiento de un ex-Bombero, que había sido cancelado por conducta inapropiada de un oficial bomberil, que responde al nombre de Martín Santiago Arias.

Con el desacato al Decreto Presidencial No.316-2006, Cito "PÁRRAFO III- El Intendente General de los Cuerpos de Bomberos deberá ser seleccionado de una terna de los que forman parte de la carrera o de los egresados graduados para tal fin de la Academia Nacional de los Bomberos, sometida por la Plana Mayor al Síndico Municipal para su nombramiento y quien a su vez someterá a la Sala Capitular del ayuntamiento correspondiente, para su ratificación. La disposición Legal es para todos los Cuerpos de Bomberos del país, por lo que no le incumbe ni a los senores Alcaldes municipales, ni a los concejos de Regidores las designaciones de los jefes Bomberiles.

La actual gestión municipal, tanto su Ejecutivo como la parte normativa se han caracterizado por violentar disposiciones legales aun de su propia Ley, la No. 176-2007 de fecha 17 de Julio del 2007.

La situación presentada en el Cuerpo de Bomberos de San Cristobal ha generado una crisis, que pone en peligro la seguridad de los Trecientos Cincuenta mil habitantes (350,000) de la importante ciudad cuna de la Constitución Dominicana.

La Unión Nacional de Bomberos ''UNABOM'',como la Unión de Cuerpos de Bomberos del Sur(UBOMSUR),se han mostrado diferentes, a pesar de conocer la situación generada por la cancelación ilegal del Coronel Licdo. Cesar Blandino Lopez, C.B. quien fue nombrado como establece el Decreto No.316-2006. y de acuerdo a los Reglamentos del Cuerpo de Bomberos de San Cristobal en sus artículos No. 53 y 54 Cito" Articulo 53: el Jefe y los sub jefes de la Institución serán designado por el Ayuntamiento del Municipio por recomendación de la Plana Mayor.
Articulo 54: Las designaciones de los demás Oficiales, Clases y Rasos, serán hechas por la Plana Mayor de la institución  por recomendación de Jefe de la Institución  lo cual deberá ser ratificado por el Concejo Edilicio del Ayuntamiento de San Cristobal.

El personal Voluntario del Cuerpo de Bomberos de San Cristobal, compuestos por Oficiales Superiores, subalternos, Clases y Rasos, exige a la Sala Capitular el cumplimento del Decreto No. 316-2006 y del Reglamento del Cuerpo de Bomberos de San Cristobal; así como también el pronunciamiento de parte de la Unión Nacional de Bomberos (UNABOM) y de la Unión de Cuerpo de Bomberos del Sur (UMBOSUR).


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